lunes, 19 de abril de 2010

Aprueban una Ley profundamente anti-popular

Guatemala, 16 de Abril del 2010

¡Aprueban una Ley monstruosa!

Atentado flagrante contra el derecho a la tierra y al territorio

El pasado 13 de Abril los diputados de todas las bancadas de derecha aprobaron la tristemente célebre Ley de Concesiones, a la que le cambiaron de nombre por el de “Ley de Participación Público Privada en Materia de Infraestructura”. Pero este cambio de nombre es cuestión sólo de forma. Al final, viene a resultar la misma mona con distinto collar. Se trata del mismo lobo, aunque ahora pretendan disfrazarlo con piel de oveja.

Los diputados de la UNE, de la Gana, del PAN, del Unionista, del Patriota, del FRG, de Líder, de Encuentro por Guatemala, de la Bancada Guatemala, de la UD, de la UCN, de CASA, en fin, las derechas a una sola voz, dieron sus votos favorables a esta propuesta que ya hoy es Ley.

La aprobación de esta nefasta Ley, que se clasifica como Decreto 16-2010, es parte del compromiso que, en los diálogos recientes, asumieron el Gobierno, los partidos políticos de derecha y el CACIF. Así, el Gobierno recibe el respaldo del CACIF en el tema de los bonos y, a cambio, el Estado les aprueba su Ley de Alianzas Público-Privada. Los medios de prensa escritos, radiales y televisivos abundaron en información pública al respecto. Bajo la excusa de que la ley se aprueba para atraer inversión extranjera, los diputados, a solicitud del Gobierno, dan vida a un instrumento legal que, entre otras aberraciones, entrega las riquezas del país a manos del mejor postor.

Pero lo peor de esta ya aprobada ley es que crea instituciones que actuarán en beneficio exclusivo de las empresas, nacionales y extranjeras, pero en claro perjuicio de los derechos que son patrimonio irrenunciable de los sectores populares. Por ejemplo, en el artículo 67 se establecen un conjunto de preceptos profundamente lesivos para los derechos e intereses de los sectores populares en su conjunto. Conviene analizar este bodrio desagregado en cada una de sus partes:

…Se declaran de utilidad colectiva, beneficio social e interés público las expropiaciones necesarias para realizar proyectos de Alianza para el Desarrollo de Infraestructura Económica…

Este enunciado, que ahora es ley, establece que, cuando cualquier empresa privada nacional o extranjera entre en alianza con el Gobierno y quieran desarrollar una obra de infraestructura, podrán proceder a expropiar sin más ni más los terrenos que requieran para hacerlo. En este párrafo se establece que la expropiación en sí misma, (no la obra de infraestructura ni la propiedad, sino la expropiación), se considerará de utilidad colectiva, beneficio social e interés público. La expropiación será en función no del desarrollo nacional, sino del desarrollo de infraestructura económica.

…En caso de requerirse expropiaciones, y el establecimiento de derechos de vía, la Dirección Ejecutiva (de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica), tendrá facultades para gestionar por sí misma o a través de la Institución Contratante del Estado, la expropiación de las propiedades necesarias…

Se crea, por ley, una institución nueva, la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, cuya Dirección Ejecutiva está facultada para gestionar por sí misma las expropiaciones que esa misma institución considere necesarias. O, si fuera preciso, podrá expropiar a través de la institución que contrate el Estado. Es decir, el sector privado podrá expropiar lo que quiera, cuando quiera.

Ahora bien, la ley que fue aprobada establece algunas reglas rectoras de la expropiación, que caen en el extremo de lo absurdo:

…La Dirección Ejecutiva iniciará el expediente y lo elevará al Consejo con el objeto de que éste, mediante Acuerdo fundado adoptado por mayoría de sus integrantes, declare la utilidad colectiva, el beneficio social o el interés público, sobre el bien o bienes objeto de expropiación…

Esto significa que el manejo de los expedientes de expropiación estará, en su totalidad, en manos de la institución que han creado para ese propósito. El Consejo de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica queda facultado para definir, desde sí mismo, cuándo una propiedad va a ser expropiada y podrá declararla de utilidad colectiva, beneficio social o interés público.

…el cual deberá publicarse en el Diario Oficial dentro de los ocho días siguientes a su emisión y notificarse al propietario del bien o bienes afectados, a fin de que éstos realicen sus propuestas y designen, dentro del perentorio plazo de quince días, a un perito valuador autorizado por la Dirección General de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas a efecto de que realice, en representación de la Agencia, la justipreciación del bien o bienes que se necesita expropiar en proyectos de Alianza para el Desarrollo de Infraestructura Económica a valores de mercado…

Se establece que la Agencia debe publicar en el Diario Oficial que una propiedad va a ser expropiada y notificar al propietario en un plazo de ocho días, dándosele al propietario, es decir, al perjudicado, 15 días para que hagan dos únicas cosas:

1.- Realicen sus propuestas, es decir, planteen su posición al respecto, que no podrá ser de oposición a la expropiación, sino simplemente de gestión de venta. La Ley descarta cualquier mecanismo de oposición, limitando los derechos de la persona al de ponerle un precio a sus bienes, y,

2.- Designen un perito que, actuando en nombre de la Agencia, defina el precio del bien a expropiarse. Es decir, el que fija el precio lo hará actuando en nombre de quien expropia y no de a quien expropian.

Este artículo, en su conjunto, resulta un absoluto atropello al derecho del pueblo a la tierra. Para expropiar cualquier propiedad en el país no se tomará en consideración, en absoluto, si se trata de tierras comunitarias debidamente registradas. Si requieren derecho de vía para obras de infraestructura, la expropiación va y punto. Y el precio final lo define un perito que actúa en representación de la Agencia.

Las legítimas organizaciones populares tienen la obligación de analizar con seriedad y tomar posición ante esta monstruosidad, porque se trae al suelo un vasto conjunto de derechos del pueblo. Y esa posición debe trasladarse a las bases, por cuanto es urgente que la población sepa sobre esta avalancha que se le viene encima.

Por ejemplo, los conceptos de territorio y territorialidad que tanto ha costado defender, simplemente se desvanecen. Esto, en cualquier lugar del país. La ley aprobada desconoce la existencia del Convenio 169 de la OIT, que obliga a la consulta a las comunidades indígenas cuando se les afecte de manera directa.

Hay que tener claro, además, que esta ley se aprueba, en primerísimo lugar, para facilitarle a las grandes empresas transnacionales la implementación de los diversos contenidos contemplados dentro del Plan Puebla Panamá, al cual, (al igual que a la Ley a la que nos referimos), le han cambiado de nombre por el de Plan Mesoamérica, pero sigue siendo la misma barbaridad con idénticos propósitos e intenciones.

Recordemos que este plan, letra a letra, fue formulado desde Washington, sin que se tomaran en consideración, en absoluto, las necesidades sentidas de los pueblos que afecta, ni se tomaran en cuenta, tampoco, los problemas básicos que afectan a la población. Este plan responde, de manera exclusiva, a los intereses y a la codicia de los grandes consorcios y de los cipayos locales que les sirven mansamente.

El canal tecnológico es el proyecto más beneficiado por los contenidos de esta nueva Ley. Los pueblos de Chiquimula, Zacapa, Izabal y Jutiapa deben, urgentemente, analizar este proyecto, enmarcarlo en esta Ley y adoptar una posición beligerante al respecto. Reproducimos el artículo del matutino El Periódico, publicado en su edición del 4 de Diciembre último, puesto que allí se anuncia, con claridad, para qué inicialmente es esta Alianza Público-Privada.

ElPeriódico - 4 de Diciembre del 2009

Economía:

Alianza público-privada

Por: L. ÁLVAREZ

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Foto:  Archivo el canal seco atravesará 47 municipios del oriente.

Representantes de nueve mancomunidades de municipios, el embajador de EE.UU. en Guatemala, y empresarios participaron ayer en la presentación del proyecto de infraestructura Corredor Tecnológico de Guatemala (CTG) que comunicará un puerto en el Atlántico con otro en el Pacífico,  una inversión de US$12 millardos.

El Puente Terrestre Interoceánico que se concluirá en 2015 incluye la construcción de un puerto de carga en San Luis Moyuta, Jutiapa y otro en Puerto Barrios, Izabal, para atender a  barcos de más de 8 mil contenedores, que se unirían mediante una vía ferroviaria de 237 kilómetros de longitud, un poliducto y una autopista de cuatro carriles que cruzará Chiquimula, Zacapa, Izabal y Jutiapa.

Las alcaldías agrupadas en 9 mancomunidades podrán suscribir el 32 por ciento de las acciones del megaproyecto, el 60 por ciento corresponden a la Oficina de Enlace y Negocios para América Latina (Odepal) y el 8 por ciento para la Asociación Poder para Todos que son socios estratégicos en esta obra. En el proyecto participarán inversionistas japoneses, suizos y españoles.

El primer golpe ya lo dieron: la aprobación de la Ley. Ahora es el turno del pueblo y de sus legítimas organizaciones.

¡La Lucha Sigue!

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